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Nuevas tarifas de acceso de luz

Seguramente llevarás unas semanas oyéndolo en las noticias, pero ya es definitivo. La modificación en las tarifas de acceso que entrará en vigor a finales de este año trae consigo muchos cambios, que os comunicamos a continuación.

Circular 3/2020: Nuevas tarifas eléctricas 2020

 

El día 25 de enero de 2020 entró en vigor la Circular 3/2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), por la cual se establece una nueva metodología en el cálculo de los peajes de transporte y distribución de la electricidad. En la entrada de hoy deseamos trasladaros las principales modificaciones que conlleva esta norma de cara al consumidor, ya que, de media, el importe de los peajes supone por sí solo más del 40 % del total de la factura de un suministro eléctrico.

En el marco de los poderes que le fueron otorgados a comienzos de 2019, y siguiendo los objetivos de sostenibilidad, eficiencia energética y convergencia europea, la CNMC ha llevado a cabo una modificación integral en el sistema tarifario de electricidad, que simplifica en gran medida el modelo actual, mantenido a lo largo de casi dos décadas sin apenas modificaciones. Además de garantizar que estos cambios son asumibles por el sistema, la CNMC aplica las siguientes premisas:

  • Búsqueda de una mayor sencillez en la estructura de las tarifas de acceso, promoviendo de esta manera el fin de uno de los clichés más asociados a las comercializadoras eléctricas: la imposibilidad de entender la factura de la luz.
  • Potenciación de la discriminación horaria, implantándola en todas las tarifas de acceso.
  • Impulso al vehículo eléctrico, ofreciendo bonificaciones en los puntos de recarga de acceso público.
  • Y, por supuesto, una mayor optimización de los recursos energéticos con el consiguiente ahorro a los consumidores y una herramienta para combatir la emergencia climática.

 

¿Cuáles son las nuevas tarifas eléctricas en 2020?

nuevas tarifas electricas

 

Tarifa 2.0TD. Casi el 97 % del parqué nacional está compuesto por puntos de suministro de baja tensión con potencias contratadas entre 0 y 15 kW, distribuido fundamentalmente entre viviendas, edificios de oficinas y pequeños y medianos establecimientos. Hasta la fecha, estos suministros disponían de una única potencia contratada y podían acogerse (o no) a una tarifa de acceso con discriminación horaria a través de su comercializadora.

La nueva tarifa 2.0TD está contemplada para absorber las seis tarifas de acceso existentes hasta la fecha en dicho tramo (2.0A, 2.0DHA, 2.0DHS, 2.1A, 2.1DHA y 2.1DHS), unificándolas tanto en estructura como en precio, y estableciendo como grandes novedades la implantación de la discriminación horaria tanto en el término de energía como en el término de la potencia. Es decir, el componente del peaje de nuestro consumo de luz tendrá un precio u otro dependiendo del día y de la hora en que lo hagamos. Además, la discriminación horaria en la potencia implica la posibilidad de conseguir un ahorro en tramos horarios en los que exista una menor demanda de electricidad, como son las horas de madrugada.

Los tres periodos horarios que se establecen en el consumo de energía son: periodo 1 (punta), periodo 2 (llano) y periodo 3 (valle), cuyos precios serán decrecientes. En la Península, Islas Baleares e Islas Canarias dichos periodos se encuentran distribuidos en los siguientes tramos horarios:

2.0TD energia

Los dos periodos de potencia que serán considerados de cara a la facturación de los términos de potencia y de excesos de potencia contemplan un periodo punta que contemplará los periodos 1 y 2 del consumo de energía y un periodo valle que se corresponderá con el periodo 3.

2.0TD potencia

 

Tarifa 3.0TD. La franja hasta ahora cubierta por la tarifa 3.0A, aplicable a los suministros de baja tensión y potencias contratadas superiores a los 15 kW, es heredada por la tarifa 3.0TD. Las novedades fundamentales son:

  • Paso de tres periodos de energía y de potencia a un total de seis periodos de energía y de potencia. El precio de estos periodos es decreciente, de tal manera que el más caro de ellos será el periodo 1, seguido del periodo 2 y, así sucesivamente, hasta llegar al de menor precio, el periodo 6.
  • La discriminación horaria depende de la zona geográfica, mes, día y franja horaria. Deja de existir dependencia del horario de verano o de invierno.
  • La potencia contrada en un periodo debe ser igual o mayor a la potencia contratada en el periodo anterior.

En la Península, la distribución de periodos de energía y de potencia para la tarifa 3.0TD es la siguiente:

3.0TD península

 

Si tu suministro se encuentra en las Islas Baleares o en las Islas Canarias:

BALEARES

3.0TD Baleares

 

CANARIAS

3.0TD Canarias

 

Tarifas de alta tensión. Aunque minoritarios en número, los suministros eléctricos con tensión superior a 1 kV cuentan con la mayor demanda de consumo de todo el sistema eléctrico español por su uso eminentemente industrial. Bajo la nueva normativa, pasan a estar cubiertos por las tarifas 6.1TD, 6.2TD, 6.3TD y 6.4TD, en función de la tensión del suministro (iguales a los que hoy cubiertos por las tarifas 6.1A, 6.2, 6.3 y 6.4). Las tarifas 3.1A y 6.5 desaparecen, siendo absorbidas por las nuevas tarifas 6.1TD y 6.4TD, respectivamente.

Las nuevas tarifas 6.X, al igual que las antiguas, disponen de seis periodos horarios de facturación de la energía y la potencia, mas éstos son modificados de tal manera que pasan a ser idénticos a los que se indicaron anteriormente para la tarifa 3.0TD de baja tensión.

¿Qué conceptos se incluirán en la facturación de los peajes?

 

Los costes de los peajes se dividen en base a diferentes términos que ya figuran en las facturas de la luz actuales, si bien la nueva normativa implica ligeras modificaciones en algunos de ellos:

  • Término de potencia contratada. Correspondiente a la potencia contratada en kilovatios (kW) en cada periodo horario multiplicada por el precio que corresponda a dicho periodo horario, en base al número de días facturados. A fin de incentivar una contratación adecuada de potencia, dejan de existir las bonificaciones por demandar menos potencia de la contratada (calculadas hasta la fecha con la denominada “regla del maxímetro”).
  • Término de energía activa. Igual a la energía consumida en kilovatios-hora (kWh) en cada periodo horario multiplicada por el precio que corresponda a dicho periodo horario. Equivale a lo que se conoce comúnmente como “consumo”.
  • Término de excesos de potencia. En los casos en que no se disponga de un dispositivo que controle la potencia demandada y ésta supere en algún periodo horario el 105 % de la potencia contratada, se aplicará un recargo cuyo cálculo dependerá del tipo de equipo de medida que disponga la instalación. Como norma general, las tarifas 2.0TD y las 3.0TD con potencia contratada inferior a 50 kW aplicarán el recargo según la “regla del maxímetro”, mientras que el resto de suministros seguirá el mismo método de cálculo que ya existe para el cálculo de estos mismos excesos en las tarifas de seis periodos.
  • Término de energía reactiva. Aplicable en todas las tarifas salvo la 2.0TD, siempre y cuando el consumo de energía reactiva sea superior al 33 % del consumo de energía activa, de forma disgregada según cada periodo horario (salvo el periodo 6, donde no se aplicará este término).

 

¿Cuándo serán aplicables los cambios recogidos en la Circular 3/2020?

 

Aunque la circular ya se encuentre en vigor, la CNMC da un plazo a las distribuidoras y comercializadoras para adaptar sus sistemas, marcando como fecha límite el 1 de noviembre de 2020.

Además de esto, es importante destacar que esta nueva normativa “tan sólo” establece cómo se calcularán los peajes de acceso. Ahora bien, existen también otros conceptos denominados cargos, cuyo método de cálculo es establecido directamente por el Gobierno, y cuya definición aún se encuentra pendiente. De esta manera, y durante este periodo de transición, los clientes no verán modificados el contenido y los precios de su factura de la luz, ya que mientras tanto se mantendrá la estructura de peajes actual.

Siendo cliente de AEQ, ¿cómo me afectará la nueva regulación?

 

Pese a que por el momento no dispongamos de los valores de los precios de los nuevos peajes de acceso y, que aún quede por determinar cómo se calcularán los cargos, en AEQ ya estamos buscando la mejor manera de maximizar el ahorro de nuestros clientes y, lo que no es menos importante, asegurar que estéis debidamente informados de todo aquello que repercutirá en vuestras facturas. En esta línea, próximamente os comunicaremos a través de este blog algunas de las medidas que os pueden interesar para optimizar vuestros suministros de electricidad y sacar el máximo provecho a los cambios que están por llegar.

Autor

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JUAN VALADÉS

Responsable de BackOffice

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