La supresión del impuesto a la generación eléctrica es noticia estos días, puesto que forma parte del paquete de medidas urgentes anunciado por el Gobierno de Pedro Sánchez la pasada semana.
El pasado 6 de octubre se aprobó el Real Decreto Ley de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, anunciado hace unas semanas por la ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera Rodríguez, donde se recoge la suspensión al impuesto a la generación durante 6 meses. Con esta medida el Gobierno pretende aliviar la factura del consumidor en un momento excepcional en el que no puede afrontar las turbulencias del cambio, además de tomar otras medidas que protejan a los consumidores más vulnerables.
¿Qué supone la supresión del impuesto a la generación en el mercado?
El impacto que podría tener la supresión del Impuesto a la generación eléctrica en el valor del precio de la energía eléctrica en los hogares españoles puede que no sea el esperado por el Gobierno de Pedro Sánchez. Es cierto que la supresión del impuesto implicaría una reducción del 7% sobre el coste de producción de los generadores de energía eléctrica, aunque esta reducción en los costes de generación puede que no se traduzca en un descenso porcentual de la misma cuantía en el precio de venta de la energía, pudiendo ser algo menor, por lo que la reducción del precio spot puede ser menor al 7%. El productor es quien tendrá en su mano trasladar la reducción de sus costes al precio de venta de la energía.
Por otro lado, no olvidemos que el precio de la energía está afectado por otros muchos factores, como es el precio de los derechos de emisión de CO2, el precio de otras fuentes de energía (precio del barril de Brent, precio del Gas natural y precio del carbón), la relación entre oferta y demanda de energía eléctrica. Además, en el caso de que el periodo de exención del impuesto se amplíe, no olvidemos que la oferta puede aumentar significativamente gracias a la entrada en el mercado de una alto número de generadores renovables (parques eólicos e instalaciones fotovoltaicas provenientes de las últimas subastas de renovables o de instalaciones que no están sujetas a una retribución específica) e instalación en régimen de autoconsumo.
Por todo ello, podemos afirmar que el próximo año no sabemos si tendremos precios más altos, iguales o menores que los del año en curso, pero sí podemos decir que esta eliminación del impuesto traerá una reducción del precio que finalmente fije el mercado, y que será de entre un 0-7% durante el último trimestre del 2018 y primer trimestre de 2019.
¿Qué implica la supresión de este impuesto a cada uno de los agentes que intervienen en el mercado?
PRODUCTOR DE ENERGÍA
Como ya sabemos, este impuesto graba directamente el ingreso por la venta de la energía eléctrica generada, por lo que el efecto directo que tiene su eliminación es el de reducir en un 7% el coste de generación y por consiguiente un posible aumento de su rentabilidad. Existe la posibilidad de que el propio mercado reduzca este 7% de aumento de rentabilidad, ya que los productores al tener un menor coste de producción, podrían estar dispuestos a reducir el precio de venta de su energía, pudiendo reducirse esta rentabilidad a valores menores del 7%.
COMERCIALIZADORAS
La bajada de este impuesto podrá tener varios efectos sobre las comercializadoras, según el grado de cobertura cerrado:
- En el caso de que la comercializadora eléctrica esté cubierta (tenga comprado el volumen de energía para suministrar a todos sus clientes con precio fijo durante el periodo indicado), el margen de los contratos con precios fijos está garantizado, por lo que mantendrán invariables los ingresos esperados, solo afectados por el apuntamiento normal de los consumidores.
- En el caso en que la comercializadora esté infra/sobre cubierta (en estos casos la comercializadora tiene un mayor/menor volumen de energía para suministrar a todos los clientes con precios fijos durante el periodo indicado), el riesgo que han dejado abierto a mercado spot es posible que le beneficie o le perjudique. Aunque no podemos simplificar la fijación del precio de mercado a una sola variable como se indicó anteriormente, la supresión del IE incrementará la posibilidad de precios menores en el mercado spot, por lo que dependiendo de la posición tomada por la comercializadora, esta bajada de precios se traducirá en una mejora o no de sus resultados.
Un buen ejemplo de lo que no debe hacer una comercializadora es lo que hemos visto estos últimos meses, sobre las comercializadoras que han roto unilateralmente los contratos con sus clientes de precio fijo, obligándoles a renegociar precios fijos más caros u ofreciéndoles contratos a precio indexados a mercado, por su posible mala gestión del riesgo en el cierre de coberturas. Por supuesto, AEQ no es una de estas comercializadoras porque como reza nuestro eslogan, somos claros y transparentes. Justos y equitativos.
Además de establecer estas medidas, la ministra indicó que la intención del Gobierno es consensuar una serie de medidas estructurales que garanticen un modelo energético diferente y plural, que garantice la protección del medio ambiente, la salud pública, la calidad de vida de los ciudadanos y la modernización de la economía.
CONSUMIDORES
Estos últimos actores serían los grandes beneficiarios, pudiendo reducir el coste de sus facturas entre un 0-7 % del precio fijado en el mercado spot durante los 6 próximos meses. Esta medida no afectará por igual a los consumidores, que se pueden encontrar en las siguientes situaciones:
Los consumidores con contratos indexados y consumidores directos a mercado se beneficiarán directamente de esta reducción durante todo el periodo.
Todos aquellos consumidores que ya tengan precios fijos firmados, no se verán beneficiados de esta bajada, ya que los precios cerrados con sus comercializadoras no contemplaban esta reducción y tendrán que mantener su compromiso contractual como es lógico.
Los consumidores que firmen nuevos contratos a precio fijo o que renueven sus condiciones durante los próximos 6 meses, se verán beneficiados de esta eliminación del impuesto temporal, ya que las ofertas de las comercializadoras deberían ser más competitivas que las que habrían tenido sin la suspensión del IE, gracias a la posible reducción del precio de la energía en el mercado mayorista.
Aunque no tenemos que perder de vista que el precio lo fija el mercado mayorista y este, como hemos dicho anteriormente, está influenciado por otros muchos factores, por lo que esta suspensión del impuesto no garantiza que el precio durante estos 6 meses se reduzca con relación a los precios obtenidos el 2018, pero sí garantiza la reducción del precio que fije el mercado.
CONCLUSIONES
La suspensión del impuesto por un periodo temporal de 6 meses ha sido recibida con buenos ojos por todos los agentes del sector, pero aún quedan algunas incertidumbres por aclarar, ¿en qué medida influirá esta medida en el coste final de la energía eléctrica para el consumidor? ¿Se ampliará el plazo de suspensión de este impuesto en el caso de mantenerse precios altos de la energía durante los próximos meses? ¿Hay voluntad por parte de las principales fuerzas políticas de llegar a un acuerdo para un pacto nacional sobre política energética? Si lo que pretende el Gobierno es una reducción efectiva del coste de la factura eléctrica del consumidor creo que lo más efectivo es aplicar algún tipo de reducción en cualquiera de los cargos o impuestos aplicados directamente sobre la factura.